Tegucigalpa. El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) remitió al Ministerio Público (MP) un informe que concluye en hallazgo de indicios de responsabilidad penal por irregularidades en la aplicación de condonaciones y amnistías a usuarios del servicio de energía eléctrica, que suman la cantidad de  L 1,836 Millones,841 Mil,524 lempiras con 0.61 centavos.

El Ente Contralor notificó el Informe Especial No. P-01-2023-DPC-DCSD-ENEE, que se desprende de la Investigación Especial de la denuncia registrada con No. 0801-2022-27, practicada en la ENEE, por el período comprendido del 02 de mayo de 2018 al 25 de julio de 2019.

De esta manera, el TSC responde a una denuncia en la cual se señaló una mala gestión de fondos públicos por parte de la ENEE, específicamente en la aplicación irregular de amnistías y condonaciones en el marco de los Decretos Legislativos números 129-2017, 51-2018 y 26-2019, del periodo comprendido del año 2018 al 2019.

La Investigación Especial la realizó la Dirección de Participación Ciudadana con el objetivo de determinar el alcance de los Decretos antes mencionados, verificar su cumplimiento y si existió perjuicio económico contra el Estado.

Como resultado de la Investigación Especial practicada a la ENEE, de acuerdo al análisis, revisión y evaluación de la documentación proporcionada por las autoridades de la estatal eléctrica y de la Empresa Energía Honduras (EEH), el TSC encontró indicios de responsabilidad penal y remitió el Informe Especial al MP, por ser el ente facultado constitucionalmente para ejercer la acción penal pública ante los tribunales de justicia.

Según la base de datos proporcionada por la EEH al TSC, el Estado dejo de percibir un total de 1,836  millones, 841 mil,524 lempiras con 61 centavos, en concepto de amnistías y condonaciones.

De ese total, se dejó de percibir L 1,192,417,770.35 por la condonación de capital, recargos, multas e intereses; y L. 644,423,754.26 por la amnistía a saldos a pagar sin recargos, multas e intereses.

Conclusiones

La ENEE suscribió un contrato con la EEH donde se convino desarrollar actividades relacionadas con el suministro de energía eléctrica, entre ellas, la recuperación de la mora acumulada a la fecha de inicio del contrato. Es evidente que este pacto no se cumplió por parte de EEH.

El TSC constató que la ENEE y la EEH no tenían actualizada la base de datos de sus clientes. El TSC no observó que estas empresas, dentro del ámbito de sus responsabilidades, hayan verificado a profundidad el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, a fin de establecer con exactitud que los beneficiarios de la condonación efectivamente pertenecían al sector residencial.

El TSC no encontró justificación para la aplicación del beneficio de la condonación, no obstante, las amnistías se encontraban justificadas ya que el objetivo era la recuperación de saldos pendientes de clientes con una mora referida en los decretos.

De acuerdo al texto de los decretos, los mismos fueron creados con el propósito de fortalecer y recuperar las finanzas de la ENEE. Sin embargo, respecto al logro de este objetivo, es contraproducente observar que los saldos por mora condonados superan los beneficios otorgados por concepto de amnistías.

Además, el TSC pudo constatar en la base de datos de la ENEE la existencia de un grupo de usuarios a los que se les realizó un cambio en el código y/o tarifa, pasando de zona residencial a comercial, gobierno y/o municipalidad. Previo a este cambio, estos usuarios fueron beneficiados con la aplicación de la condonación. No existe una explicación del porqué se realizó el cambio de tarifa, y si al momento de la aplicación del beneficio realmente tenían derecho a recibirlo.

Dentro de la base de datos aparecen con números de clave a nombre de clientes del sistema financiero, comercios, industrias, entre otros; resultando en primera instancia incoherente con lo establecido en las referidos normativas.

La aprobación para la condonación de capital adeudado por energía consumida y no pagada, benefició a usuarios que no cumplieron con sus obligaciones ante la ENEE. Se determinó la existencia de un grupo de usuarios que arrastra una mora que supera el medio millón de lempiras, perteneciendo estos a una zona residencial, lo cual no es congruente.

Los usuarios de la ENEE que aplicaron a las amnistías, en su mayoría, no cumplieron con los acuerdos de pago pactados por lo que aún se encuentran en mora y en procesos legales. Por otro lado, los usuarios que aplicaron a amnistías nuevamente se encuentran en mora.

Aunque se han realizado gestiones de cobro de las cuentas que están en mora, estas no han sido las óptimas para lograr recuperar sustancialmente los valores adeudados.

Además, el consumo promedio mensual de 750 Kwh, se calculó considerando cuatro meses, siendo su mora, en algunos casos, mayor a tres años.

El MP deberá ampliarlas investigaciones a fin de tipificar los delitos que correspondan e individualizar responsables, en el ejercicio de la acción penal pública ante los tribunales de justicia.

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